El director de Neurolegal, Abelardo Moreno, fue invitado por la Asociación Madrileña de Neuropsicología exponiendo los aspectos claves que deben contener los informes neuropsicológicos para la mejor defensa de los derechos de las personas con DCA.
Hablamos de la importancia de estos informes por cuanto que las secuelas cognitivas que provoca el DCA no son apreciables y las limitaciones que padece el afectado para su vida diaria son de dificil demostración dando lugar a que no se reconozcan plenamente sus derechos tanto en los campos de la discapacidad, de la dependencia, de las incapacidades y de las indemnizaciones por TCE.
Las técnicas e instrumentos de evaluación utilizados en los informes neuropsicológicos no siempre son entendidos en los foros jurídicos tendiendo a equivocar los términos minimizándose el daño padecido.
Recomendamos que se incorporase mas descripción en los informes en cuanto a las funciones que el afectado puede y no puede hacer en función de los déficits encontrados. Repasamos como el legislador recoge las secuelas por trastornos cognitivos y daño neuropsicológico en el Baremo para víctimas de accidentes de tráfico, al igual de las diferencias entre las incapacidades laborales que existen y la importancia de los informes neuropsicológicos para demostrar las limitaciones en atención, memoria, planificación, organización características del DCA y que impiden llevar a cabo con rendimiento y eficacia cualquier actividad laboral.
En la gran mayoría de las ocasiones nos encontramos a personas afectadas por DCA o que no se les concede incapacidad, o bien, se les concede grados de incapacidad como la total cuando por las limitaciones a nivel ejecutivo que padecen no les permiten realizar ningún tipo de trabajo, vulnerándose sus derechos laborales y económicos, de ahí la importancia que queden bien definidos en un informe neuropsicológico estos aspectos.
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