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La Incapacidad Permanente Absoluta, para todo tipo de trabajo, es el grado de incapacidad laboral que se reconoce a aquellas personas que tienen una enfermedad o lesión que no les permite realizar ningún trabajo.

Os ponemos un ejemplo real de cómo conseguimos que se reconociese la incapacidad permanente absoluta en una persona afectada por daño cerebral adquirido. La sentencia establece que la trabajadora no puede desarrollar un trabajo con eficacia ni rentabilidad empresarial al tener afectada su capacidad para la concentración tras sufrir un daño cerebral.

Claves para que el Juzgado reconozca la Incapacidad permanente absoluta por daño cerebral

Los hechos se remontan al mes de noviembre de 2017 cuando la trabajadora E.H., que contaba con 46 años de edad, sufrió un daño cerebral por un cavernoma, también conocido como angioma cavernoso que es una malformación vascular que aparece durante el desarrollo cerebral.

 

A pesar de una intervención quirúrgica satisfactoria, la trabajadora quedó con secuelas cerebrales que afectan a sus capacidades cognitivas que son aquellas que tienen que ver con nuestra capacidad de planificar, establecer estrategias o prever las consecuencias de nuestros actos; es decir todo lo que tiene que ver con el pensamiento complejo y con nuestra capacidad de mantener la atención.

 

Las secuelas cognitivas no suelen ser evidentes y suelen pasar desapercibidas, provocando que incluso los facultativos, no especialistas, que interactúan con las personas que han sufrido un daño cerebral puedan llegar a confundirse y minimizar el grado de afectación de las mismas.

 

A consecuencia del accidente cerebral la trabajadora, que era jefa de proyectos informáticos, se dio de baja laboral hasta que por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social (EVI) se concluyó que la trabajadora si bien no podía realizar su profesión habitual que la exigía un nivel de rendimiento moderado alto, sin embargo, no estaba impedida para cualquier otro tipo de ocupación menos exigente reconociéndola un grado de incapacidad Total.

 

La diferencia entre la concesión de una incapacidad permanente total a una absoluta es muy importante para los derechos de la persona afectada por cuanto que con la Incapacidad permanente total se percibe aproximadamente el 55% del salario, siendo del 100% con la Incapacidad permanente absoluta.
En este caso el Instituto Nacional de la Seguridad Social consideraba que, pese a que la trabajadora no podía realizar las tareas fundamentales de su profesión, sí que podía realizar otro tipo de actividades que conllevasen menos exigencia y responsabilidad.

El Juzgado da la razón a la demandante y reconoce la Incapacidad permanente absoluta

 

Tras recurrir esta decisión el juzgado de lo social ha dado la razón a la demandante estableciendo que este tipo de lesiones son irreversibles y que la dificultad de concentración derivada de un daño cerebral adquirido lleva a la dificultad en el mantenimiento de tareas y a la escasa resistencia a la interferencia, valorando que tales condiciones impiden desarrollar cualquier actividad laboral con eficacia, rentabilidad y continuidad por sencilla o liviana que esta sea.

El juzgado de lo social número 8 de Madrid ha estimado la demanda formulada en 2019 por una trabajadora, jefa de proyectos informáticos de una empresa de telefonía, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la que se pedía el reconocimiento de una situación de incapacidad permanente absoluta con derecho a percibir una prestación del 100% de su base reguladora, ante las secuelas sufridas tras un daño cerebral.

 

Abelardo Moreno, abogado de la Asociación Neurolegal, indica que: "ha quedado demostrado que las secuelas provocadas por un daño cerebral, como son la escasa resistencia a la interferencia, la fatigabilidad, las dificultades de planificación, de organización y de sostenimiento de la atención, constituyen un grado de incapacidad permanente absoluta".

 

Se trata de una sentencia esperanzadora para los afectados por cuanto que las consecuencias de un daño cerebral no suelen ser bien valoradas ni entendidas al afectar en la mayoría de las ocasiones a los aspectos cognitivos siendo por tanto "invisibles". En tal sentido desde la Asociación Neurolegal, Asociación de profesionales por el reconocimiento de los derechos por las personas afectadas por daño cerebral adquirido, se están realizando grandes avances en la cooperación de los diferentes sectores que atienden el daño cerebral adquirido (asistenciales, sanitarios, jurídicos) consiguiendo que las personas afectadas puedan demostrar con mayor facilidad las consecuencias del daño sufrido ante las diferentes administraciones.

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