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Consulta gratuita

Abogados de negligencias médicas en Ictus
Si sospecha que hubo un error en la atención de un ictus, estudiaremos su caso con la máxima seriedad
+ 25 años de experiencia 

Podemos ayudarte si hubo alguno de estos errores médicos en la atención de un Ictus

  • Retraso en el diagnóstico del ictus

  • Error en urgencias al confundir los síntomas con vértigo, migraña o ansiedad

  • Falta de activación del código ictus

  • Demora en TAC, resonancia o valoración neurológica

  • Retraso en trombólisis o trombectomía

  • Alta médica pese a síntomas neurológicos compatibles con ictus

 En estos casos, una actuación tardía puede privar al paciente de tratamientos decisivos en las primeras horas.

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Abelardo Moreno. Abogados especialistas en reclamación de negligencias médicas en ictus. Director Neurolegal

¿Cuándo puede existir negligencia médica en un ictus?

 

Puede existir negligencia médica cuando se produce un error o retraso relevante en la atención al ictus y esa demora impide aplicar a tiempo los medios diagnósticos o terapéuticos que podían reducir el daño. No basta con un mal resultado: es necesario estudiar la documentación médica, los tiempos de actuación y si se cumplieron los protocolos asistenciales.

¿Cómo valoramos si la reclamación por negligencia en ictus es viable?

 

1. Revisamos la historia clínica y la cronología de la atención sanitaria.

2. Analizamos si se activó a tiempo el protocolo de ictus.

3. Comprobamos si hubo retrasos en pruebas, derivación o tratamiento.

4. Valoramos la relación entre la demora y las secuelas.

5. Te decimos con claridad si el caso puede reclamarse.

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Abogados de negligencias médicas en Ictus

Estudiamos tu caso 

Vemos si hay viabilidad para solicitar indemnización

por los daños y perjuicios ocasionados

 CONSÚLTANOS AQUÍ​​

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¿Qué indemnización puede corresponder por negligencia médica en un ictus?

 

La indemnización depende de las consecuencias del daño sufrido. En los casos de ictus, las secuelas pueden ser motoras, cognitivas, conductuales o funcionales, y afectar de forma profunda a la autonomía personal, la vida familiar y la capacidad laboral.

 

La valoración suele tener en cuenta, entre otros factores:

- secuelas neurológicas y cognitivas,

- necesidad de ayuda de tercera persona,

- pérdida de autonomía,

- perjuicio profesional o laboral,

- gastos asistenciales futuros,

- adaptación de vivienda o cuidados,

- impacto en la vida personal y familiar.

 

Para calcular correctamente una reclamación por negligencia médica en un ictus es imprescindible que te hagamos una valoración médico-legal individualizada

¿Qué es un ictus?

Se puede hablar de dos tipos básicos de ictus:

El ictus hemorrágico cuando se rompen uno o varios vasos sanguíneos del cerebro, llenando de sangre la zona afectada y provocando su asfixia.

El ictus isquémico, se produce al obstruirse una de las arterias que irrigan el cerebro, interrumpiéndose el flujo de sangre, ya sea total o parcialmente.

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¿Cómo atender debidamente un ictus? Negligencia por error o retraso en el diagnóstico del ictus

Como establece el reciente Plan de Actuación a los Pacientes con Ictus, uno de los retos fundamentales de los Sistemas Públicos de Salud es la organización de programas de atención sanitaria eficientes, que aseguren la accesibilidad y equidad en la provisión de servicios a los ciudadanos, procurando los medios necesarios para que los avances científico-técnicos disponibles puedan ser aplicados de manera fácil y eficaz en la población, con el fin de obtener los mejores resultados de calidad asistencial en todos sus aspectos.

El Ictus se puede prevenir y tratar de manera eficaz. La aplicación de un tratamiento adecuado precoz mejora significativamente la evolución de los pacientes, ya que reduce la mortalidad y la probabilidad de dependencia.

 

Es por ello que las diferentes Consejerías de Salud han elaborado los Planes Asistenciales del Ictus donde se detalla el un abordaje integral, abarcando todos los eslabones precisos, desde la información al paciente, los médicos y profesionales de

 

Atención Primaria, los servicios de urgencia extrahospitalarios, las urgencias hospitalarias y los servicios y secciones de Neurología de los hospitales que atienden Ictus.

 

Igualmente se establece el denominado Código Ictus (CI), extrahospitalario e intrahospitalario y los niveles asistenciales: Hospital con Equipo de Ictus (EI), Hospital con Unidad de Ictus (UI), Hospital con trombectomía mecánica (TM) y Centro de Ictus con un plan de derivaciones entre ellos, constituyendo así una red asistencial del Ictus (Red Ictus Madrid).

¿Cuándo existe una negligencia médica en caso de ictus?  

Pese a que generalmente existe un buen funcionamiento del sistema sanitario, en ocasiones se producen errores sobre todo en el diagnostico temprano que provoca al paciente una privación de los medios adecuados al tratamiento del ictus ocasionando unos daños que no esta obligado a soportar y en la mayoría de los casos de extrema gravedad.

No es sencillo determinar si a “bote pronto” ha existido algún tipo de negligencia en la atención del ictus, para ello desde Neurolegal estudiamos el caso, la documentación, y sobre todo si se han cumplido con los protocolos de atención al ictus.

A través de nuestros peritos neurólogos en reunión multidisciplinar valoramos la existencia seria de viabilidad para reclamar daños y perjuicios en caso de negligencia en la atención del ictus.

Por tanto, si usted o una persona cercana creen haber sufrido una negligencia por el error o el retraso en el diagnóstico de un ictus, le aconsejamos que contacte con nosotros.

 

​Abogados de negligencias médicas​

Si no se activó el código ictus a tiempo, hay responsabilidad médica

ESTUDIAMOS TU CASO

¿Cuál es la indemnización por negligencia médica en el diagnostico o retraso en la atención de un ictus?

Secuelas frecuentes tras un ictus mal diagnosticado o tratado con retraso

 

- alteraciones de memoria,

- dificultades de atención y concentración,

- fatiga cognitiva,

- problemas en funciones ejecutivas,

- desorientación,

- falta de conciencia del déficit,

- limitaciones motoras o funcionales,

- dependencia para actividades básicas.

 

Estas secuelas pueden alterar de forma sustancial la vida del afectado y de su entorno, por lo que su correcta valoración resulta esencial en una reclamación.

Todo ello puede provocar un giro sustancial en la vida del afectado así como su entorno y que si se demuestra el error o la negligencia medica en la actuación frente al ictus sufrido debe ser compensado en forma de indemnización.

Para ello a partir de la Ley 30/1995 de 8 de Noviembre el conocido “baremo de tráfico” ha representado una novedad para el cálculo de la indemnización de los daños corporales por accidente de tráfico que se suele extrapolar a las negligencias médicas estableciéndose un detallado sistema para la valoración de los daños y perjuicios.

Desde Neurolegal y dada nuestra dilatada experiencia en accidentes de tráfico somos perfectos conocedores del Baremo para su mejor aplicación a los efectos de obtener la indemnización justa por el daño sufrido y que en caso de daño cerebral por ictus suelen ser cuantías muy elevadas.

¿Has sufrido un error médico en el diagnóstico Ictus?

Si crees que tú o un familiar habéis sufrido un error o retraso en la atención de un ictus, podemos estudiar el caso y decirte con claridad si existe base para reclamar.

 

Analizamos la documentación médica, los tiempos de actuación y las secuelas para valorar la viabilidad de la reclamación y la posible indemnización.

Consulta previa gratuita

Gracias por tu mensaje! Te responderemos lo antes posible

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