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Indemnizaciones por ayuda de tercera persona

El Baremo de indemnizaciones establece que un lesionado precisa de ayuda de tercera persona y tiene derecho a indemnización cuando existen secuelas que impliquen una pérdida de autonomía personal, en este caso para los trastornos cognitivos en grados de moderado y grave.

Indemnizaciones por ayuda de tercera persona

La pérdida de autonomía personal está definida en el art. 50 de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre como el menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que impide o limita la realización de las actividades esenciales de la vida diaria.


No es necesario que la tercera persona que ayuda sea un profesional sanitario, pudiendo tratarse de un familiar o allegado que preste altruistamente esta ayuda; la indemnización será siempre para el lesionado, que será quien retribuya, en su caso, a la persona que presta la ayuda.


En el caso de que la persona necesitada se encuentre ingresada en un centro sanitario habrá de ser la aseguradora quien directamente abone los gastos a quien preste el servicio.


Cuantía de la indemnización


La cuantía de la indemnización viene establecida en función de las horas y minutos necesitados y la edad del lesionado.


El artículo 121 establece que procede la necesidad de ayuda de tercera persona cuando se trate de secuelas en las cuales el perjuicio psicofísico, orgánico o sensorial es igual o superior a 50 puntos como son los trastornos cognitivos moderados, graves y muy graves.


Es importante incidir en las diferencias entre el daño neuropsicológico moderado y grave que establece el legislador y la importancia de que en los informes se detalle.

La calificación de grave abre la puerta al lesionado al derecho a que se le abonen más horas de ayuda y que se le paguen los gastos de rehabilitación futura que precise.

Las horas de ayuda de tercera persona que el legislador establece para un trastorno cognitivo moderado es de 1-2 horas, para el grave es de 6-8 horas; para el muy grave de 10-12 horas.


La importancia de la aplicación del carácter como grave


Para hacernos una idea de las indemnizaciones por ayuda de tercera persona dependiendo del grado del trastorno cognitivo, vamos a suponer que la lesión la sufre un chico de 19 años.


Si se valora el trastorno de moderado (1-2 horas) tendría una indemnización por ayuda de tercera persona que asciende a un máximo de 16.702,47 euros (cantidad realmente escasa). Si lo valoramos como de grave (6-8 horas) tendría una indemnización como máximo de 369.992 euros.


Como vemos la diferencia es sustancial y ya explicamos en otro artículo lo que comprende el carácter de grave, que para nuestro entender con solo uno de los requisitos que se den tendría que aplicarse tal grado, pese a que en la propia tabla donde se reflejan las ayudas de tercera persona se hable de restricción en el hogar o en centro supervisado.


En nuestra opinión se debe otorgar la ayuda cuando se trate de un daño neuropsicológico de grave esté o no restringido el lesionado en el hogar o en un centro.


No olvidar que a partir de los 50 años de edad del lesionado, se presume que se produce un incremento de la penosidad en la necesidad de ayuda de la tercera persona y se incrementa la cuantía de la indemnización estableciéndose un factor corrector en función de la edad. a) desde los 50 hasta 60 años se aplica factor corrector de 1,10 b) Desde 60 hasta 70 años se aplica un factor corrector de uno 1,15 c) a partir de 70 años se aplica un factor corrector de 1,30.

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